Enfermedades y situaciones no cubiertas por los seguros de salud

Exclusiones seguro de salud. El comparador seguro.

Tener un seguro de salud privado no significa que este vaya a cubrir absolutamente todas las enfermedades o situaciones médicas que puedan presentarse. Todas las pólizas contienen un apartado de exclusiones, es decir, condiciones, enfermedades, diagnósticos o circunstancias que no están incluidas en la cobertura. Es fundamental familiarizarse con estas exclusiones desde el principio para evitar sorpresas. A continuación, explicamos qué no cubre un seguro médico típico en España.

Enfermedades y situaciones médicas comúnmente excluidas

Por norma general, los seguros de salud privados excluyen una serie de enfermedades y circunstancias médicas. A continuación describimos las más habituales:

Enfermedades preexistentes:

Son las patologías, lesiones o condiciones de salud ya diagnosticadas o existentes antes de contratar el seguro. Prácticamente todas las aseguradoras excluyen de cobertura cualquier enfermedad preexistente debido al alto riesgo y costo que implican. Por ejemplo, si al suscribir la póliza ya padeces diabetes, hipertensión, cáncer u otra dolencia grave, el seguro no asumirá su tratamiento salvo pacto especial. Más adelante detallamos este concepto y sus implicaciones.

Enfermedades crónicas graves o de largo plazo:

En línea con lo anterior, dolencias crónicas ya existentes como la diabetes, cardiopatías, asma grave, EPOC, cáncer, enfermedad renal crónica, Parkinson, Alzheimer u otras enfermedades de evolución prolongada suelen ser motivo de exclusión o de restricciones en la póliza. Las aseguradoras son muy estrictas con estas condiciones debido a los altos costes asociados a su tratamiento continuo.

Enfermedades congénitas:

Las malformaciones, defectos o patologías congénitas (presentes desde el nacimiento) también se suelen excluir, especialmente si ya se conocían antes de contratar el seguro. Por ejemplo, una enfermedad congénita en un bebé no estaría cubierta si se incorpora al seguro posteriormente. (Algunas pólizas cubren al recién nacido desde el momento del parto si se le asegura inmediatamente, pudiendo así asumir ciertas anomalías congénitas, pero en general las condiciones congénitas anteriores al alta en la póliza quedan fuera de cobertura.)

Trastornos de salud mental severos y hospitalización psiquiátrica prolongada:

Aunque muchos seguros cubren psicología con ciertos límites (p. ej., un número de sesiones anual) y urgencias psiquiátricas, los trastornos mentales graves o crónicos suelen no estar plenamente cubiertos. Es común que no se cubran las hospitalizaciones psiquiátricas de larga duración ni determinados tratamientos como el psicoanálisis. Por tanto, enfermedades psiquiátricas severas (esquizofrenia, trastorno bipolar refractario, etc.) pueden tener cobertura muy limitada o nula en la mayoría de pólizas.

Adicciones, alcoholismo y autolesiones:

Los seguros excluyen la asistencia derivada de consumo crónico de alcohol, drogadicción o abuso de otras sustancias, así como las lesiones provocadas por intento de suicidio o autoagresión intencionada. En otras palabras, si una situación médica es consecuencia directa de una acción voluntaria del asegurado bajo efectos de sustancias o por auto-daño, la compañía no cubrirá su tratamiento. (Muchas pólizas matizan que cubrirán la atención de urgencia inicial en estos casos, por ejemplo la primera asistencia en urgencias hasta estabilizar al paciente, pero no tratamientos prolongados más allá de 24 horas de ingreso).

Lesiones por actos temerarios, deportes de riesgo o eventos extraordinarios:

Las lesiones originadas en actividades peligrosas suelen quedar fuera de cobertura. Esto incluye accidentes practicando deportes de riesgo (por ejemplo, alpinismo, deportes de contacto extremo, puenting, paracaidismo, submarinismo, encierros taurinos, etc.), especialmente si se realizan de forma profesional. También quedan excluidas las consecuencias de participar en actos delictivos, riñas no en defensa propia, carreras ilegales o apuestas, así como los daños derivados de guerras, disturbios civiles, terrorismo, radiación nuclear o catástrofes naturales declaradas. Del mismo modo, las lesiones por accidentes de tráfico o laborales no se cubren, puesto que por ley tienen su seguro específico (el de coche o la mutua laboral).

Procedimientos de reproducción asistida y maternidad fuera de cobertura:

 Los tratamientos para la esterilidad o infertilidad, como la fecundación in vitro, inseminaciones artificiales o banco de óvulos, no están incluidos en las coberturas estándar. Asimismo, la interrupción voluntaria del embarazo (aborto electivo) no es cubierta por la póliza de salud. El seguimiento del embarazo normal sí suele estar cubierto, pero un embarazo ya existente al contratar el seguro se considera preexistencia y tendrá un periodo de carencia o exclusión para el parto de ese embarazo. También se excluye el parto fuera de un centro hospitalario (partos domiciliarios o en centros no convencionales).

Tratamientos experimentales o no probados científicamente:

Los seguros de salud no cubren terapias ni procedimientos experimentales cuya eficacia no esté clínicamente comprobada. Esto abarca medicinas alternativas (homeopatía, naturopatía, acupuntura, osteopatía, etc.), salvo quizás descuentos por ser asegurado en centros concertados, pero no reembolso como tal. También se excluyen medicamentos o técnicas en fase de ensayo clínico y cualquier tratamiento innovador no respaldado todavía por las agencias sanitarias oficiales.

Cirugías de carácter estético o no curativo:

La sanidad privada cubre intervenciones quirúrgicas con finalidad terapéutica, pero no cubre operaciones puramente estéticas o cosméticas. Por ejemplo, una rinoplastia por estética, un aumento mamario sin patología o una cirugía de cambio de sexo no están cubiertos. Solo se contemplan cirugías plásticas reparadoras si derivan de accidentes o enfermedades cubiertas (por ejemplo, reconstrucción mamaria tras un cáncer). Las pólizas lo especifican claramente: “quedan excluidos el diagnóstico, tratamiento e intervenciones quirúrgicas con fines puramente estéticos o cosméticos”. Incluso técnicas como liposucción, microinjertos capilares, dermopigmentación cosmética, etc., se excluyen expresamente.

Trasplantes de órganos y procedimientos de altísimo coste:

Muchos seguros básicos no incluyen trasplantes de órganos, tejidos o células (salvo autotrasplantes), dado que son procedimientos cubiertos generalmente por la sanidad pública. Por ejemplo, un trasplante de hígado o médula ósea no estaría cubierto por un seguro estándar. Algunas pólizas superiores ofrecen cobertura para ciertos trasplantes o permiten contratar garantías adicionales, pero en general se consideran exclusiones frecuentes. En la misma línea, procedimientos muy complejos como cirugía robótica avanzada pueden excluirse (por ejemplo, Adeslas no cubre la cirugía robótica Da Vinci en ninguna especialidad). Igualmente, técnicas específicas como la cirugía refractiva ocular (miopía, astigmatismo) suelen estar fuera de la cobertura básica, al considerarse electivas.

Otros servicios médicos no cubiertos:

Por último, cabe mencionar que prestaciones sanitarias como vacunas, prótesis y órtesis especiales, medicación ambulatoria (medicamentos recetados fuera del hospital), productos de parafarmacia, gafas o audífonos, etc., no suelen estar incluidos en el seguro de salud común. Por ejemplo, el seguro pagará los medicamentos administrados durante una hospitalización, pero no costeará las medicinas que compres en farmacia con receta (salvo que tenga un módulo de reembolso farmacéutico). Del mismo modo, las prótesis internas necesarias en una cirugía (ej. una válvula cardíaca) normalmente sí se cubren, pero una prótesis externa (p. ej. una silla de ruedas) no. Es importante revisar cada póliza, pues algunas ofrecen coberturas o reembolsos opcionales para estos conceptos mediante suplementos.

Como vemos, la lista de exclusiones es amplia y puede variar ligeramente entre aseguradoras. Siempre viene detallada en las Condiciones Generales de la póliza, un documento que conviene leer atentamente.

¿Qué son las enfermedades preexistentes y cómo afectan a tu seguro?

Enfermedad preexistente es toda aquella condición de salud (dolencia, lesión, patología) que ya existía antes de contratar el seguro médico y de la cual el cliente tenía conocimiento o diagnóstico previo. Esto incluye enfermedades crónicas o hereditarias ya manifestadas antes de la póliza, secuelas de lesiones antiguas, cirugías previas con complicaciones, etc. Las aseguradoras determinan qué es preexistente mediante un cuestionario de salud inicial que el solicitante debe rellenar honestamente, y en algunos casos pueden pedir pruebas médicas o informes adicionales antes de aceptar la contratación. Por ejemplo, al solicitar un seguro te preguntarán por intervenciones quirúrgicas pasadas, enfermedades importantes, alergias, medicamentos que tomas, hábitos de salud, etc. Con esa información la compañía valora el riesgo que supones como asegurado.

Es importante saber que, si padeces una enfermedad grave o de alto riesgo al contratar, la aseguradora puede rechazar tu solicitud directamente o aceptar asegurarte imponiendo condiciones especiales, como excluir esa enfermedad concreta de la cobertura o aplicar periodos de carencia prolongados antes de cubrirla. En algunos casos, podrían ofrecerte un seguro con prima más alta o coberturas limitadas debido a la preexistencia.

¿Qué ocurre si no declaras una enfermedad preexistente? Omitir o ocultar información médica relevante al contratar el seguro es muy grave, ya que supone un intento de fraude. Si más adelante necesitas asistencia por esa dolencia no declarada, la aseguradora no cubrirá los gastos relacionados y puede incluso anular la póliza al descubrir la ocultación. De hecho, legalmente la compañía podría rescindir el contrato y negarse a pagar cualquier tratamiento vinculado a esa condición preexistente no informada, e incluso emprender acciones legales por fraude contra el asegurado. 

Comparativa de exclusiones en aseguradoras (Adeslas, Sanitas, Asisa, DKV, Mapfre)

Todas las compañías de salud manejan exclusiones similares, aunque puede haber diferencias en matices o coberturas opcionales. En la siguiente tabla comparativa mostramos ejemplos de exclusiones específicas mencionadas por cinco aseguradoras líderes en España:

Adeslas (SegurCaixa Adeslas):

Preexistencias y congénitas: excluye la asistencia a enfermedades, lesiones o defectos preexistentes y congénitos anteriores a la fecha de alta en la póliza (si no fueron declarados). Actos voluntarios: no cubre asistencia derivada de alcoholismo, drogas, autolesiones o intentos de suicidio, más allá de la urgencia inicial (máx. 24h de hospitalización).

Otros: cirugía robótica no está cubierta; excluye cirugía estética y cosmética, así como complicaciones derivadas de estas; no cubre tratamientos experimentales ni medicina alternativa (homeopatía, acupuntura, etc.); lesiones por deportes profesionales o de riesgo están excluidas, al igual que accidentes laborales (cobertura por mutua).

Sanitas

Sanitas

Preexistencias: excluye igualmente cualquier enfermedad o condición preexistente no declarada en el cuestionario de salud (no asumirá tratamientos de dolencias previas al seguro). Límites en salud mental: no cubre la hospitalización psiquiátrica ilimitada ni trastornos mentales crónicos de larga duración (suele establecer tope de días o servicios). La psicoterapia ambulatoria está cubierta solo hasta cierto número de sesiones al año, y el psicoanálisis u otras terapias prolongadas quedan fuera.

Otros: Accidentes por deportes de riesgo o actividades peligrosas no están cubiertos(ej.: lesiones por esquí extremo, boxeo profesional, etc.); excluye cirugía estética y tratamientos de fertilidad (no cubre FIV, inseminación artificial, etc.), así como medicación y prótesis fuera del ámbito hospitalario. (Sanitas ofrece algunos complementos opcionales para dental, farmacia, óptica, pero en su póliza base estas partidas están excluidas).

Asisa

Preexistencias: no cubre enfermedades preexistentes ni malformaciones congénitas anteriores a la contratación, conforme a su definición en condiciones generales (similar a Adeslas).

Coberturas especiales: no incluye cirugía refractiva ocular (corrección de miopía, etc.) en pólizas estándar; tampoco cubre tratamientos experimentales ni técnicas no probadas médicamente (por ej., terapias genéticas sin aval clínico).

Otros: Excluye hospitalización de larga estancia que no sea curativa, como cuidados paliativos prolongados o residencias; rehabilitación indefinida (suele estar limitada en número de sesiones); vacunas y chequeos no prescritos; y, al igual que otras, procedimientos cosméticos o puramente preventivos sin síntoma (por ejemplo, pruebas solicitadas a demanda del paciente sin indicación médica pueden no estar cubiertas). Asisa también deriva accidentes de tráfico o laborales a los seguros correspondientes, excluyéndolos de su cobertura de salud.

DKV

DKV Seguros:

Preexistencias y patologías graves: DKV analiza las preexistencias; puede excluir enfermedades severas preexistentes caso por caso. En general no cubre infecciones por VIH/SIDA ni sus complicacioness, ni tratamientos por drogadicción o alcoholismo.

Exclusiones específicas: No asume gastos derivados de actos ilícitos o conducta negligente grave del asegurado. Quedan fuera las lesiones por deportes de riesgo, desastres naturales, guerras o terrorismo. Tampoco cubre la interrupción voluntaria del embarazo ni procedimientos exclusivamente anticonceptivos. Las operaciones de cambio de sexo y los tratamientos estéticos no están incluidos. DKV destaca que no todas las compañías manejan idénticas exclusiones y que, en algunos casos, tras cierto período sin síntomas, podrían llegar a cubrir alguna condición menor, pero sus pólizas también incluyen la lista estándar de exclusiones médicas comunes.

Mapfre:

Preexistencias: Mapfre evalúa cada caso individualmente; en muchos casos acepta asegurar con exclusiones específicas. Suele excluir o limitar la cobertura de enfermedades preexistentes graves (por ejemplo, diagnostica diabetes, cardiopatías, cáncer, enfermedades autoinmunes, etc., que típicamente conllevan exclusión o prima extra). Su política general indica que cualquier patología existente previa queda fuera de la póliza, aunque pueden ofrecer alternativas.

Otros: Mapfre excluye los tratamientos de reproducción asistida y los procedimientos estéticos no reparadores, alineándose con el mercado. Asimismo, accidentes laborales o de tráfico, y secuelas de enfermedades profesionales no entran en su cobertura de salud, por estar cubiertos por otros seguros específicos. Las coberturas de Mapfre en líneas generales no difieren de las mencionadas: incluyen los periodos de carencia y exclusiones estándar que encontramos en cualquier seguro médico privado.

Nota: Las exclusiones mencionadas son ejemplos de condiciones comunes en las pólizas de salud actuales (2024-2025) y pueden variar en detalle según el producto contratado. Siempre se recomienda consultar las Condiciones Generales y Particulares de cada aseguradora para ver la lista completa de exclusiones y limitaciones.

Leer la letra pequeña y buscar alternativas

Como hemos enfatizado, leer la letra pequeña del seguro médico es crucial. En el condicionado general de la póliza vienen detalladas todas las exclusiones y límites, y las aseguradoras están obligadas legalmente a informar claramente de estas cláusulas antes de la contratación. No pases por alto estos apartados: conocer de antemano qué no cubre el seguro médico te permite tomar decisiones informadas y evitar disgustos cuando vayas a utilizarlo.

Si tienes o te preocupa alguna enfermedad en particular, verifica si está cubierta, sujeta a periodo de carencia, o excluida. En caso de exclusión, pregunta si la compañía ofrece alguna cláusula o seguro opcional para cubrirla.

Otra opción para quienes no pueden obtener cobertura plena por una enfermedad es unirse a seguros de salud colectivos (por ejemplo, a través de la empresa o de asociaciones profesionales). En pólizas colectivas de empresa con muchos asegurados, a veces se aceptan preexistencias sin exclusiones, especialmente en grandes corporaciones. Si tienes oportunidad de adherirte al seguro colectivo de tu empleo, podría brindar cobertura que individualmente no conseguirías.

En casos donde definitivamente ninguna aseguradora cubre cierta patología, tendrás que recurrir al sistema público de salud para su tratamiento (por ejemplo, trasplantes de órgano, terapias experimentales, etc., donde la sanidad pública es referencia). El seguro privado puede quedar entonces como complemento para otras necesidades. También es prudente valorar el cambio de compañía con precaución: si has desarrollado enfermedades durante años con tu actual aseguradora, al cambiar de compañía esas dolencias serán preexistencias para la nueva y podrían ser excluidas o implicar condiciones más duras (carencias largas, primas más altas). No obstante, cada aseguradora tiene sus criterios; vale la pena comparar distintas pólizas y, en caso de duda, consultar con un corredor o experto que te oriente sobre la mejor alternativa en tu situación.

Full Medical Insurance Benefits

En resumen, conocer qué enfermedades no cubren los seguros de salud y las limitaciones de tu póliza es tan importante como saber lo que sí cubre. Lee detenidamente el condicionado, pregunta todas las dudas antes de firmar y sé honesto en tu declaración de salud. Un seguro de salud ofrece gran tranquilidad y agilidad en muchos aspectos, pero es esencial entender sus letras pequeñas. De este modo podrás sacarle el máximo partido, evitarás contratiempos y encontrarás la póliza que mejor se adapte a ti, incluso si tienes condiciones médicas preexistentes. Recuerda que un buen asesoramiento y la transparencia con la aseguradora son la clave para estar realmente cubierto cuando más lo necesitas.

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