Las lesiones originadas en actividades peligrosas suelen quedar fuera de cobertura. Esto incluye accidentes practicando deportes de riesgo (por ejemplo, alpinismo, deportes de contacto extremo, puenting, paracaidismo, submarinismo, encierros taurinos, etc.), especialmente si se realizan de forma profesional. También quedan excluidas las consecuencias de participar en actos delictivos, riñas no en defensa propia, carreras ilegales o apuestas, así como los daños derivados de guerras, disturbios civiles, terrorismo, radiación nuclear o catástrofes naturales declaradas. Del mismo modo, las lesiones por accidentes de tráfico o laborales no se cubren, puesto que por ley tienen su seguro específico (el de coche o la mutua laboral).